sábado, julio 10, 2010

2011 RECONOCIMIENTO DEL AÑO INTERNACIONAL DE LOS AFRODESCENDIENTES POR LA OEA


LA ASAMBLEA GENERAL,

TENIENDO PRESENTE:


Que la Carta de la Organización de los Estados Americanos establece entre sus principios el reconocimiento de los derechos fundamentales de la persona humana sin hacer distinción de raza, nacionalidad, credo o sexo;
Que la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre establece que todos los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos sin distinción de raza, sexo, idioma, credo ni otra alguna;
Que la Carta Democrática Interamericana señala que el respeto a la diversidad étnica, cultural y religiosa en las Américas, contribuyen al fortalecimiento de la democracia y la participación ciudadana;
CONSCIENTE de los lazos históricos y las experiencias comunes que unen a los continentes africano y americano, los aportes fundamentales de las personas de ascendencia africana y de sus comunidades en las Américas y la importancia de reconocer y conservar esa herencia;
TENIENDO PRESENTE que, en reconocimiento de la discriminación racial que persiste en contra de las personas de ascendencia africana en las Américas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) estableció en febrero de 2005 una Relatoría Especial sobre los Derechos de los Afrodescendientes y sobre la Discriminación Racial con el objetivo de promover el reconocimiento y los derechos de los mismos
RECORDANDO las disposiciones pertinentes relativas a los afrodescendientes contenidas en las declaraciones de las Cumbres de las Américas así como en la Declaración de la Conferencia Regional de las Américas (Preparatoria de la 3ª Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y Otras Formas Conexas de Intolerancia), realizada en Santiago de Chile en el año 2000; y
RECORDANDO TAMBIÉN la Declaración y Programa de Acción de Viena, aprobado por la Conferencia Mundial del Derechos Humanos en 1993, y la Declaración y Programa de Acción de Durban, aprobado por la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las formas Conexas de Intolerancia en 2001;
CONSIDERANDO que la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas aprobó la resolución A/RES/64/169 “Año Internacional de los Afrodescendientes”, la cual proclama el 2011 como Año Internacional de los Afrodescendientes, con miras a fortalecer las medidas nacionales y la cooperación regional e internacional en beneficio de las personas de
ascendencia africana en relación con el pleno disfrute de los derechos económicos, culturales, sociales, civiles y políticos, su participación e integración en todos los aspectos políticos, económicos, sociales y culturales de la sociedad, y la promoción de un mayor conocimiento y respeto de la diversidad de la herencia y la cultura de estas personas, y
CONSIDERANDO que los países de África y las Américas, en el marco de foros bilaterales y multilaterales, se han comprometido a fomentar iniciativas regionales e interregionales para promover la democracia, los derechos humanos, el Estado de derecho, la erradicación de la pobreza, el hambre, la desigualdad y la exclusión social a través del intercambio de experiencias entre sus organizaciones regionales y subregionales, incluidas la Unión Africana y la Organización de los Estados Americanos, en asuntos relativos al fortalecimiento de la democracia y al desarrollo integral en los ámbitos regional e interregional; y
REAFIRMAMOS nuestro firme compromiso para enfrentar el flagelo del racismo, la discriminación y la intolerancia en nuestras sociedades, como un problema que afecta a la sociedad en general. En ese sentido, continuaremos realizando esfuerzos para concluir las negociaciones sobre el Proyecto de Convención Interamericana contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación e Intolerancia,
RESUELVE:
1. Tomar nota de la Resolución A/RES/64/169 “Año Internacional de los Afrodescendientes” de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, la cual proclama el 2011 como Año Internacional de los Afrodescendientes.
2. Reafirmar la importancia de la plena participación libre y en igualdad de condiciones de las y los afrodescendientes en todos los aspectos de la vida política, económica, social y cultural en los países de las Américas.
3. Reiterar las instrucciones dadas al Consejo Permanente mediante resolución AG/RES. 2489 (XXXIX-O/09) de que convoque una segunda sesión extraordinaria sobre la cooperación entre las Américas y África, con la participación del cuerpo diplomático africano y representantes de la Comisión de la Unión Africana así como los Representantes Permanentes ante la OEA.
4. Encargar al Consejo Permanente que realice una sesión extraordinaria para celebrar el Año Internacional de los Afrodescendientes que incluya en su agenda, antes del XLI período ordinario de sesiones de la Asamblea General, el tema de los y las afro descendientes en las Américas.
5. Solicitar al Consejo Permanente que informe a la Asamblea General, en su cuadragésimo primer período de sesiones, sobre la implementación de la presente resolución.